Mexico · Chapter 87· 200 entries

§87Vehicles other than railway

Section XVIIVehicles, aircraft, vessels and transport equipment · Chapters 86–89(WCO HS)

Headings (4-digit WCO)

16 headings

8701Tractors (other than tractors of heading 8709)→8702Motor vehicles for the transport of ten or more persons, including the driver→8703Motor cars and other motor vehicles principally designed for the transport of persons (other than those of heading 8702), including station wagons and racing cars→8704Motor vehicles for the transport of goods→8705Special purpose motor vehicles, other than those principally designed for the transport of persons or goods (for example, breakdown lorries, crane lorries, fire fighting vehicles, concrete-mixers lorries, spraying lorries, mobile workshops, mobile radiological units)→8706Chassis fitted with engines, for the motor vehicles of headings 8701 to 8705→8707Bodies (including cabs), for the motor vehicles of headings 8701 to 8705→8708Parts and accessories of the motor vehicles of headings 8701 to 8705→8709Works trucks, self-propelled, not fitted with lifting or handling equipment, of the type used in factories, warehouses, dock areas or airports for short distance transport of goods; tractors of the type used on railway station platforms; parts of the foregoing vehicles→8710Works trucks, self-propelled, not fitted with lifting or handling equipment, of the type used in factories, warehouses, dock areas or airports for short distance transport of goods; tractors of the type used on railway station platforms; parts of the foregoing vehicles→8711Motorcycles (including mopeds) and cycles fitted with an auxiliary motor, with or without side-cars→8712Bicycles and other cycles (including delivery tricycles), not motorised→8713Carriages for disabled persons, whether or not motorised or otherwise mechanically propelled→8714Parts and accessories of vehicles of headings 8711 to 8713→8715Baby carriages and parts thereof→8716Trailers and semi-trailers; other vehicles, not mechanically propelled; parts thereof→

Mexico tariff lines (top 200)

319 total in chapter — drill into a heading above for the rest
HS CodeDescriptionPrimary rate
87011001Motocultores.Ex.→
87012001Tractores de carretera para semirremolques, excepto lo comprendido en la fracción 8701.20.02.20%*→
87012002Usados.50→
87013001Tractores de orugas con potencia al volante del motor igual o superior a 105 C.P. sin exceder de 380 C.P., medida a 1900 RPM, incluso con hoja empujadora.15→
87013099Los demás.Ex.→
87019001Tractores de ruedas con toma de fuerza o enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas, excepto lo comprendido en las fracciones 8701.90.03, 8701.90.05, 8701.90.06 y 8701.90.08.5→
87019002Tractores para vías férreas, provistos de aditamento de ruedas con neumáticos accionados mecánicamente para rodarlos sobre pavimento.Ex.→
87019003Tractores de ruedas con toma de fuerza o enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas cuyo número de serie o modelo sea al menos 2 años anterior al vigente.Ex.→
87019004Tractores sobre bandas de hule, dotados de toma de fuerza para el acoplamiento de implementos agrícolas.Ex.→
87019005Tractores de ruedas con toma de fuerza o enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas, con potencia igual o superior a 140 H.P. pero inferior o igual a 180 H.P., transmisión manual y tablero de instrumentos analógico, excepto lo comprendido en la fracción 8701.90.03.Ex.→
87019006Tractores de ruedas con toma de fuerza o enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas, con potencia igual o superior a 106 H.P. pero inferior o igual a 140 H.P., con cabina con aire acondicionado y transmisión syncroplus o powerquad, excepto lo comprendido en la fracción 8701.90.03.Ex→
87019007Tractores de ruedas con toma de fuerza o enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas, incompletos o sin terminar, con transmisión manual sincronizada de 12 por 12 e inversor de marcha, que no incorpore al menos nueve de los siguientes elementos: el conjunto de rines, toldo, brazos de levante, contrapesos, tubo de escape, eje delantero, soporte frontal, radiador, salpicaduras, barra de tiro, horquilla barra de tiro, escalón y soportes, excepto lo comprendido en las fracciones, 8701.90.03, 8701.90.05 y 8701.90.06.Ex.→
87019008Tractores de ruedas con toma de fuerza o enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas, con potencia igual o superior a 32 HP pero inferior o igual a 53HP.Ex.→
87019099Los demás.Ex.→
87021001Con carrocería montada sobre chasis, excepto lo comprendido en las fracciones 8702.10.03 y 8702.10.05.20%*→
87021002Con carrocería integral, excepto lo comprendido en las fracciones 8702.10.04 y 8702.10.05.20%*→
87021003Para el transporte de 16 o más personas, incluyendo el conductor, con carrocería montada sobre chasis, excepto lo comprendido en la fracción 8702.10.05.20%*→
87021004Para el transporte de 16 o más personas, incluyendo el conductor, con carrocería integral, excepto lo comprendido en la fracción 8702.10.05.20%*→
87021005Usados.50→
87029001Trolebuses, excepto usados.Ex.*→
87029002Con carrocería montada sobre chasis, excepto locomprendido en las fracciones 8702.90.04 y 8702.90.06.20%*→
87029003Con carrocería integral, excepto lo comprendido en las fracciones 8702.90.05 y 8702.90.06.20%*→
87029004Para el transporte de 16 o más personas, incluyendo el conductor, con carrocería montada sobre chasis, excepto lo comprendido en la fracción 8702.90.06.20%*→
87029005Para el transporte de 16 o más personas, incluyendo el conductor, con carrocería integral, excepto lo comprendido en la fracción 8702.90.06.20%*→
87029006Usados, excepto lo comprendido en las fracciones arancelarias 8702.90.01 y 8702.90.08.50%→
87029007Eléctricos, excepto usados.Ex.*→
87029008Trolebuses usados.15%*→
87031001Con motor eléctrico, excepto los comprendidos en las fracciones 8703.10.02 y 8703.10.03.15→
87031002Vehículos especiales para el transporte de personas en terrenos de golf.15→
87031099Los demás.15→
87032101Motociclos de tres ruedas (trimotos) que presenten una dirección tipo automóvil o, al mismo tiempo, diferencial y reversa; motociclos de cuatro ruedas (cuadrimotos) con dirección tipo automóvil.15→
87032102Usados, excepto lo comprendido en la fracción 8703.21.01.50→
87032199Los demás.20%*→
87032201De cilindrada superior a 1,000 cm3 pero inferior o igual a 1,500 cm3, excepto lo comprendido en la fracción 8703.22.02.20%*→
87032202Usados.50→
87032301De cilindrada superior a 1,500 cm3 pero inferior o igual a 3,000 cm3, excepto lo comprendido en la fracción 8703.23.02.20%*→
87032302Usados.50→
87032401De cilindrada superior a 3,000 cm3, excepto lo comprendido en la fracción 8703.24.02.20%*→
87032402Usados.50→
87033101De cilindrada inferior o igual a 1,500 cm3, excepto lo comprendido en la fracción 8703.31.02.20%*→
87033102Usados.50→
87033201De cilindrada superior a 1,500 cm3 pero inferior o igual a 2,500 cm3, excepto lo comprendido en la fracción 8703.32.02.20%*→
87033202Usados.50→
87033301De cilindrada superior a 2,500 cm3, excepto lo comprendido en la fracción 8703.33.02.20%*→
87033302Usados.50→
87039001Eléctricos, excepto usados.Ex.*→
87039002Usados, excepto eléctricos.50%*→
87039003Eléctricos usados.15%*→
87039099Los demás.20%*→
87041001Tipo “Dumpers” con capacidad útil de carga superior a 30,000 kg.Ex.→
87041099Los demás.Ex.→
87042101Acarreadores de escoria, excepto para la recolección de basura doméstica.5→
87042102De peso total con carga máxima inferior o igual a 2,721 kg, excepto lo comprendido en la fracción 8704.21.04.20%*→
87042103De peso total con carga máxima superior a 2,721 kg, pero inferior o igual a 4,536 kg, excepto lo comprendido en la fracción 8704.21.04.20%*→
87042104Usados, excepto lo comprendido en la fracción 8704.21.01.50→
87042199Los demás.20%*→
87042201Acarreadores de escoria, excepto para la recolección de basura doméstica.5→
87042202De peso total con carga máxima superior o igual a 5,000 kg, pero inferior o igual a 6,351 kg, excepto lo comprendido en la fracción 8704.22.07.20%*→
87042203De peso total con carga máxima superior a 6,351 kg, pero inferior o igual a 7,257 kg, excepto lo comprendido en la fracción 8704.22.07.20%*→
87042204De peso total con carga máxima superior a 7,257 kg, pero inferior o igual a 8,845 kg, excepto lo comprendido en la fracción 8704.22.07.20%*→
87042205De peso total con carga máxima superior a 8,845 kg, pero inferior o igual a 11,793 kg, excepto locomprendido en la fracción 8704.22.07.20%*→
87042206De peso total con carga máxima superior a 11,793 kg, pero inferior o igual a 14,968 kg, excepto locomprendido en la fracción 8704.22.07.20%*→
87042207Usados, excepto lo comprendido en la fracción 8704.22.01.50→
87042299Los demás.20%*→
87042301Acarreadores de escoria.5→
87042302Usados, excepto lo comprendido en la fracción 8704.23.01.50→
87042399Los demás.20%*→
87043101Acarreadores de escoria, excepto para la recolección de basura doméstica.5%→
87043102Motociclos de tres ruedas (trimotos) que presenten una dirección tipo automóvil o, al mismo tiempo, diferencial y reversa; motociclos de cuatro ruedas (cuadrimotos) con dirección tipo automóvil.15→
87043103De peso total con carga máxima superior a 2,721 kg, pero inferior o igual a 4,536 kg, excepto lo comprendido en la fracción 8704.31.05.20%*→
87043105Usados, excepto lo comprendido en las fracciones 8704.31.01 y 8704.31.02.50%→
87043199Los demás.20%*→
87043201Acarreadores de escoria, excepto para la recolección de basura doméstica.5→
87043202De peso total con carga máxima superior o igual a 5,000 kg, pero inferior o igual a 6,351 kg, excepto locomprendido en la fracción 8704.32.07.20%*→
87043203De peso total con carga máxima superior a 6,351 kg, pero inferior o igual a 7,257 kg, excepto lo comprendido en la fracción 8704.32.07.20%*→
87043204De peso total con carga máxima superior a 7,257 kg, pero inferior o igual a 8,845 kg, excepto lo comprendido en la fracción 8704.32.07.20%*→
87043205De peso total con carga máxima superior a 8,845 kg, pero inferior o igual a 11,793 kg, excepto lo comprendido en la fracción 8704.32.07.20%*→
87043206De peso total con carga máxima superior a 11,793 kg, pero inferior o igual a 14,968 kg, excepto lo comprendido en la fracción 8704.32.07.20%*→
87043207Usados, excepto lo comprendido en la fracción 8704.32.01.50→
87043299Los demás.20%*→
87049001Eléctricos, excepto usados.Ex.*→
87049099Los demás.15→
87051001Camiones-grúa.15→
87052001Con equipos hidráulicos de perforación destinados a programas de abastecimiento de agua potable en el medio rural.5→
87052099Los demás.15→
87053001Camiones de bomberos.5→
87054001Camiones hormigonera, excepto lo comprendido en la fracción 8705.40.02.20%*→
87054002Usados.50→
87059001Con equipos especiales para el aseo de calles.Ex.→
87059002Para aplicación de fertilizantes fluidos.Ex.→
87059099Los demás.15→
87060001Chasis con motor de explosión, de dos cilindros de 700 cm3, de cuatro tiempos y con potencia inferior a 20 C.P. (15 kW).Ex.→
87060002Chasis para vehículos de la partida 87.03 o de las subpartidas 8704.21 y 8704.31.20%*→
87060099Los demás.20%*→
87071001Para ser utilizadas como modelos para la fabricación de herramientas para el ensamble de carrocerías de vehículos automóviles.Ex.→
87071099Los demás.Ex.→
87079001Para ser utilizadas como modelos para la fabricación de herramientas para el ensamble de carrocerías de vehículos automóviles.Ex.→
87079002Para transporte de más de 16 personas, para ser montadas sobre chasis de largueros completos, para vehículos de dos ejes.5→
87079099Las demás.Ex.→
87081001Defensas para trolebuses.Ex.→
87081002Defensas reconocibles como concebidas exclusivamente para tractores agrícolas.Ex.→
87081003Defensas completas, reconocibles como concebidas exclusivamente para vehículos automóviles de hasta diez plazas.5→
87081099Los demás.5→
87082101Cinturones de seguridad.Ex.→
87082901Guardafangos.Ex.*→
87082902Capots (cofres).Ex.→
87082903Estribos.Ex.→
87082904Viseras, forros de tablero, paneles de puerta, coderas, cabeceras, sombrereras, incluso acojinadas.Ex.→
87082905Para trolebuses.Ex.→
87082906Para tractores de ruedas.Ex.→
87082907Parrillas de adorno y protección para radiador.Ex.→
87082908Biseles.Ex.→
87082909Tapas de cajuelas portaequipajes.Ex.→
87082910Marcos para cristales.5→
87082911Aletas, excepto de vidrio, aun cuando se presenten con marco.Ex.→
87082912Soportes o armazones para acojinados.Ex.→
87082913Reconocibles como concebidos exclusivamente para capots (cofres).Ex.→
87082914Cajas de volteo.Ex.→
87082915Cajas “Pick-up”.Ex.→
87082916Toldos exteriores acojinados, techos corredizos centrales o laterales y sus partes; de accionamiento manual o electrónico.Ex.→
87082917Juntas preformadas para carrocería.Ex.→
87082918Reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la fracción 8701.30.01.Ex.→
87082919Ensambles de puertas.Ex.→
87082920Partes troqueladas para carrocería.5→
87082921Módulos de seguridad por bolsa de aire.Ex.→
87082922Tableros de instrumentos, incluso con instrumentos de medida o control, para uso exclusivo en vehículos automóviles.5→
87082923Dispositivos retractores y sus partes o piezas sueltas, para cinturones de seguridad.Ex.→
87082924Dispositivos interiores (consolas), reconocibles como concebidos exclusivamente para vehículos automóviles hasta de diez plazas, aún cuando se presenten con palancas al piso para cambios de velocidades.Ex.→
87082999Los demás.5→
87083001Para trolebuses.Ex.→
87083002Reconocibles como concebidas exclusivamente para tractores de ruedas.Ex.→
87083003Guarniciones montadas reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en la fracción 8701.30.01.Ex.→
87083004Guarniciones de frenos montadas, excepto lo comprendido en las fracciones 8708.30.01, 8708.30.02 y 8708.30.03.Ex.*→
87083005Mecanismos de frenos de disco o sus partes componentes.Ex.*→
87083006Cilindros de ruedas para mecanismos de frenos; juegos de repuesto para cilindros de rueda y para cilindros maestros, presentados en surtidos (kits) para su venta al por menor.Ex.→
87083007Reconocibles como concebidos exclusivamente para el sistema de frenos de aire.Ex.→
87083008Frenos de tambor accionados por leva o sus partes componentes.5→
87083009Cilindros maestros para mecanismos de frenos.5→
87083010Frenos de tambor accionados hidráulicamente o sus partes componentes, excepto lo comprendido en la fracción 8708.30.06.5→
87083011Mangueras de frenos hidráulicos automotrices con conexiones.5→
87083012Reforzador por vacío para frenos (“booster”) o sus partes y piezas sueltas.Ex.→
87083013Tubos preformados, para sistemas de frenos, de hierro o acero, soldado por procedimiento brazing, con diferentes tipos de recubrimiento, cuyo diámetro exterior sea igual o superior a 3.175 mm, sin exceder de 9.525 mm, y espesor de pared igual o superior a 0.450 mm pero inferior o igual a 2.03 mm, con sus terminales de conexión y resortes o adaptaciones.Ex.→
87083014Tubos preformados, de cobre, cuyo diámetro exterior sea igual o superior a 1.520 mm, sin exceder de 25.40 mm, y espesor de pared igual o superior a 0.200 mm pero inferior o igual a 5.08 mm, con sus terminales de conexión y resortes o adaptaciones.Ex.→
87083099Los demás.Ex.*→
87084001Reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en las fracciones 8701.90.01 y 8701.90.05.Ex.→
87084002Cajas de velocidades mecánicas, con peso inferior a 120 kg.Ex.→
87084003Cajas de velocidades automáticas.Ex.→
87084004Cajas de velocidades mecánicas con peso igual o superior a 120 kg.Ex.→
87084005Reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en la fracción 8701.30.01.Ex.→
87084006Engranes.5→
87084007Partes reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en las fracciones 8708.40.02 y 8708.40.04, excepto lo comprendido en la fracción 8708.40.06.Ex.→
87084008Forja de flecha, para ser utilizada en cajas de velocidad de uso automotriz.Ex.→
87084099Las demás.5→
87085001Para trolebuses.Ex.→
87085002Reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en las fracciones 8701.90.01 y 8701.90.05.Ex.→
87085003Reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la fracción 8701.30.01.Ex.→
87085004Ejes con diferencial traseros sin acoplar a las masas, reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la partida 87.03.Ex.→
87085005Acoplados a las masas, con o sin mecanismos de frenos y tambores, excepto lo comprendido en las fracciones 8708.50.04 y 8708.50.08.5→
87085006Conjunto diferencial integral compuesto de caja de velocidades, diferencial con o sin flecha (semieje), y sus partes componentes, excepto lo comprendido en la fracción 8708.50.08.Ex.→
87085007Ejes con diferencial delanteros, excepto lo comprendido en las fracciones 8708.50.06 y 8708.50.08.5→
87085008Los demás ejes con diferencial reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la partida 87.03, excepto los comprendidos en las fracciones 8708.50.04 y 8708.50.05.Ex.→
87085009Los demás ejes con diferencial, excepto los comprendidos en la fracción 8708.50.08.Ex.*→
87085010Ejes portadores delanteros, y sus partes, excepto lo comprendido en la fracción 8708.50.13.Ex.→
87085011Fundas para ejes traseros.5→
87085012Fundiciones (esbozos) de funda para eje trasero motriz de vehículos con capacidad de carga igual o superior a 7,258 kg (16,000 libras), pero inferior o igual a 20,884 kg (46,000 libras).5→
87085013Ejes portadores reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la partida 87.03.5→
87085014Vigas, muñones, brazos en forja para ejes delanteros de vehículos con capacidad de carga igual o superior a 2,724 kg (6,000 libras), pero inferior o igual a 8,172 kg (18,000 libras).Ex.→
87085015Corona en forja para ejes traseros de vehículos con capacidad de carga igual o superior a 8,626 kg (19,000 libras), pero inferior o igual a 20,884 kg (46,000 libras).Ex.→
87085016Fundiciones (esbozos) de mazas para eje delantero de vehículos con capacidad de carga superior a 2,724 kg (6,000 libras), pero inferior o igual a 8,172 kg (18,000 libras).Ex.→
87085017Flechas semiejes, acoplables al mecanismo diferencial, incluso las de velocidad constante (homocinéticas) y sus partes componentes.5→
87085018Forjas para la fabricación de flechas de velocidad constante (homocinéticas).Ex.→
87085019Juntas universales, tipo cardán para cruceta.5→
87085020Reconocibles como concebidos exclusivamente para ejes cardán, excepto lo comprendido en las fracciones 8708.50.22 y 8708.50.23.5→
87085021Ejes cardánicos.5→
87085022Ensamble de toma de fuerza para control de tracción delantera-trasera (PTU).Ex.→
87085023Ensamble diferencial hidráulico para estabilización de revoluciones (“Geromatic”).Ex.→
87085024Forjas o fundiciones de yugos, con peso unitario superior a 6.4 kg pero inferior o igual a 14 kg, para utilizarse en el eje trasero motriz.Ex.*→
87085025Forjas de flechas de entrada y salida para diferencial de eje trasero; forjas de flechas semi-eje para vehículos con capacidad de carga superior a 8,626 kg (19,000 libras), pero inferior o igual a 20,884 kg (46,000 libras).Ex.*→
87085026Conjuntos compuestos de las siguientes fundiciones: de portadiferencial, de caja para baleros, de caja diferencial, de caja cambiador y de caja piñón, todos ellos para integrar portadiferenciales de eje trasero de vehículos de carga.Ex.→
87085027Fundiciones de mazas para eje diferencial trasero para vehículos con capacidad de carga superior a 8,626 kg (19,000 libras), pero inferior o igual a 20,884 kg (46,000 libras).Ex.*→
87085028Placas troqueladas (preformas), de acero, para la fabricación de fundas para ejes traseros con diferencial, de vehículos con capacidad de carga superior a 8,626 kg (19,000 libras), pero inferior o igual a 20,884 kg (46,000 libras).Ex.*→
87085029Forjas de crucetas para eje trasero motriz para vehículos con capacidad de carga igual o superior a 8,846 kg (19,501 libras), pero inferior o igual a 20,884 kg (46,000 libras).Ex.*→
87085030Forjas de piñón para ejes traseros motriz, para vehículos con capacidad de carga igual o superior a 7,258 kg (16,000 libras), pero inferior o igual a 20,884 kg (46,000 libras).Ex.*→
87085099Los demás.5→
87087001Para trolebuses.Ex.→
87087002Reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en las fracciones 8701.90.01 y 8701.90.05.Ex.→
87087003Ruedas, de aleaciones metálicas de rayos o deportivos de cama ancha.Ex.→
87087004Ruedas o rims (camas) sin neumáticos, con diámetro exterior inferior o igual a 70 cm, excepto lo comprendido en la fracción 8708.70.03.Ex.→
87087005Reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la fracción 8701.30.01.Ex.→
87087006Tapones o polveras y arillos para ruedas.5→
87087007Rines de aluminio y de aleaciones de aluminio con diámetro superior a 57.15 cm (22.5 pulgadas).Ex.→
87087099Los demás.Ex.→
87088001Para trolebuses.Ex.→
87088002Reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en las fracciones 8701.90.01 y 8701.90.05.Ex.→
87088003Reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la fracción 8701.30.01.Ex.→
87088004Cartuchos para amortiguadores (“Mc Pherson Struts”).5→
87088005Partes reconocibles como concebidos exclusivamente para sistemas de suspensión, excepto lo comprendido en las fracciones 8708.80.07, 8708.80.10 y 8708.80.12.Ex.*→
87088006Horquillas de levante hidráulico.Ex.→
87088007Horquillas, brazos, excéntricos o pernos, para el sistema de suspensión delantera.5→
87088008Partes componentes de barras de torsión.5→